“No hablamos de despido procedente o improcedente, sino de un despido disciplinario o despido por causas objetivas”
“Los despidos disciplinarios, el efecto es inmediato, yo cuando entrego al trabajador, se extingue la relación”
“Cuando tenemos una violación de los derechos fundamentales o en aquellos requisitos que lo hace la ley”
“En el despido objetivo, en este sentido sí que tengo que dar un preaviso de 15 días”
“Despido por inaptitud sobrevenida es cuando una persona vuelve de una baja de larga duración”
“El empresario no tiene que dar explicaciones, la ley ya permite que el empresario únicamente y por escrito deba hacer esa comunicación sin justificarse y sin indemnización”
“Se extingue la relación, se te entrega tu liquidación y ya está”